Ministerio de Salud Pública ratifica con carácter general y obligatorio el protocolo de actuación y medidas de protección

De acuerdo a Ordenanza Nº 751/020 del día 23 de julio de 2020

El protocolo rige para todos los prestadores integrales que forman el Sistema Integrado de Salud, Sanidad de las Fuerzas Armadas, Sanidad Policial y Hospital de Clínicas, sus trabajadores y usuarios, el protocolo de actuación y medidas de protección para procedimientos quirúrgicos, estudios diagnósticos, intervencionistas y atención médica presencial y aprobados en el mes de mayo 2020, con las modificaciones dispuestas a partir del 1 de julio de 2020.

Protocolo de actuación y medidas de protección

  1. Reducir al mínimo la circulación de personas en el ámbito hospitalario
  2. Uso obligatorio de tapabocas.
  3. Se mantienen las visitas restringidas.
  4. Se limita la presencia de un (1) acompañante por paciente en el área de internación solo cuando sea absolutamente necesario.
  5. Solo se autorizará la presencia de acompañantes (profesionales o no) en el área de internación si concurren provistos de máscara de protección quirúrgica, sobretúnica, alcohol en gel y guantes descartables.

 

Ver Comunicado del M.S.P.

Ver Ordenanza Ministerial Nº 751/020

 

Fuente: Ministerio del Salud Pública

 

27 de julio de 2020

Departamento de Comunicaciones