Ministerio de Salud Pública ratifica con carácter general y obligatorio el protocolo de actuación y medidas de protección
De acuerdo a Ordenanza Nº 751/020 del día 23 de julio de 2020
El protocolo rige para todos los prestadores integrales que forman el Sistema Integrado de Salud, Sanidad de las Fuerzas Armadas, Sanidad Policial y Hospital de Clínicas, sus trabajadores y usuarios, el protocolo de actuación y medidas de protección para procedimientos quirúrgicos, estudios diagnósticos, intervencionistas y atención médica presencial y aprobados en el mes de mayo 2020, con las modificaciones dispuestas a partir del 1 de julio de 2020.
Protocolo de actuación y medidas de protección
- Reducir al mínimo la circulación de personas en el ámbito hospitalario
- Uso obligatorio de tapabocas.
- Se mantienen las visitas restringidas.
- Se limita la presencia de un (1) acompañante por paciente en el área de internación solo cuando sea absolutamente necesario.
- Solo se autorizará la presencia de acompañantes (profesionales o no) en el área de internación si concurren provistos de máscara de protección quirúrgica, sobretúnica, alcohol en gel y guantes descartables.
Ver Ordenanza Ministerial Nº 751/020
Fuente: Ministerio del Salud Pública
27 de julio de 2020
Departamento de Comunicaciones